miércoles, 30 de agosto de 2017

SOBRE LA VIOLENCIA EXTREMA: EVELYN Y MERCEDES


La premisa de discutir sobre la violencia extrema nos sitúa en la búsqueda de contextos y experiencias límite que de cualquier manera ya son por la misma definición únicas: extremas; además de rechazables, anormales: evoca la idea de excepción y anormalidad  (no por violentas, sino por extremas).  Sin embargo, una primera cuestión discutible (un tema) es justamente si no será que hay violencias extremas que se han legitimado y justificado en nuestra sociedad (o en alguna otra) y por tanto no se evidencia como tal.  No quisiera profundizar en ese tema, sino inquietar y evidenciar la suma complejidad de los fenómenos de las violencias. El tema que voy a proponer tiene que ver con casos que yo identifico como violencia extrema, que se encuentran legitimados en la aplicación de la ley (son legales) pero que me provocan indignación (en ese sentido reconozco que son extremos) y en ese sentido los considero una forma de violencia ilegítima.  Tienen además la condición de haber ocurrido no sólo con anuencia de los estados, sino por parte del mismo, constituyéndose así en violencia de estado.  A la vez, ocurren contra mujeres en situaciones de poder muy desiguales ante los hombres dentro del sistema social, constituyéndose así en violencia patriarcal; pero les ocurren por el hecho de ser mujeres, siendo por tanto violencia de género.

Siendo que este espacio no es en el cuál desarrollaré el análisis, sino que será solamente la presentación de los casos, haré una breve reseña de ellos dejando los links para que se puedan revisar las fuentes de donde los tomé (medios de comunicación digital) y seguramente si así se desea se pueda realizar búsquedas de más información.

Evelyn Hernández

Es una joven que a los 18 años sufrió una violación sexual a consecuencia de la cual resultó embarazada, pero no “Dice que no denunció la violación por miedo ni se dio cuenta de que estaba embarazada” hasta que el 6 de abril de 2016 sintió dolores abdominales muy fuertes que le hicieron acudir al baño, donde “dio a luz” y cayó desmayada.  Su mamá la encontró y solicitó ayuda a servicios médicos públicos que le atendieron por “hemorragia vaginal producto de un parto extrahospitalario”.

Las autoridades iniciaron la investigación, rescataron el cuerpo sin vida del bebé y en un primer momento fue acusada de haber tenido un aborto provocado, pero luego se cambió la tipificación del delito por homicidio agravado. (negrita original)

Evelyn estuvo detenida desde que ocurrieron los hechos y ahora (el 8/jul/2017) que tiene 19 años fue condenada a 30 años de prisión acusada de ese delito.  Al publicar esta noticia un medio informa:

La legislación salvadoreña penaliza todas las formas de aborto, incluso el terapéutico, y de realizarlo, tanto las mujeres como los médicos serían juzgados en los tribunales de justicia. De ser culpables podrían ser enviados a la cárcel de dos a ocho años. No obstante, en casos como en el de Evelyn, si el delito se cambia a homicidio agravado —aquel provocado en razón de parentesco de la víctima y el victimario— estas mujeres pueden ser condenadas entre 30 y 50 años de cárcel. (negrita del autor)

Informando sobre otro caso (el de María Teresa Rivera), otro medio de comunicación señala que el caso de Evelyn no es el primero, ni el único:

El castigo por abortar es de hasta ocho años de cárcel, pero en muchos casos se cambia la acusación a la de homicidio agravado, que tiene una pena mínima de 30 años de prisión. Rivera era parte de un grupo de 15 mujeres condenadas por delitos ligados al aborto en El Salvador.

Vale decir que María Teresa había sido condenada por un caso similar al de Evelyn, su condena en el año 2012 fue de 40 años de prisión.  Sin embargo en mayo de 2016 fue puesta en libertad, pues el juzgado anuló la sentencia al considerar que “no existían pruebas de que Rivera hubiera hecho algo para que el bebé muriera, y que la autopsia no esclareció si nació vivo o muerto.”

Esa falta de pruebas, la celeridad para la condena y el retardo para la revisión del caso (María Teresa fue condenada en 2012 por un hecho de 2011, pero la sentencia que la liberó llegó hasta el 2016), nos muestran una prisa por el castigo -porque eso no es justicia- y lentitud para lo más parecido a la justicia (su liberación). Por tanto abre preguntas importantes: ¿Hay una investigación sobre los tribunales que sentenciaron a María Teresa? ¿Qué resarcimiento es posible para estas mujeres (si llega a reconocerse su inocencia) luego de padecer la violencia injusta del estado[1]?

Hay otros elementos que debemos considerar y cuestionar, dentro del funcionamiento del estado. Por ejemplo, que la legislación que condena todas las formas de aborto en El Salvador, y data de 1998, obliga a personal de salud a denunciar todos los casos en que haya sospecha de la práctica de aborto.  Seguramente este es un dilema ético que se presenta en el personal de salud con alguna frecuencia y ante la cual se pueden sentir en riesgo muchas mujeres.  Pero, ¿Se encontrará en el mismo dilema ético el personal de salud ante la obligación de denunciar toda sospecha de alguna forma de violencia de género o (mal llamada) intrafamiliar? Quiero decir con esto que en los casos del aborto se trata de un temor de acusar injustamente (por sospecha) a una persona que puede ser inocente; mientras en otros casos se trata del temor de recibir represalias por parte de un hombre violento (o de personas cercanas a él).  Tomemos en cuenta que, según se entiende en las notas de prensa, los casos de “aborto” u “homicidio agravado” avanzan muy rápido, pero –al menos en el contexto guatemalteco –los de violencia de género son sumamente lentos.

Hay muchas preguntas más que surgen del caso de Evelyn, sin embargo, deseo mostrar otro caso y el espacio es poco.  Dejo aquí los links que usé para elaborar el caso de Evelyn y algunas citas de otros:




Evelyn Beatriz Hernández Cruz, de 19 años de edad, fue sentenciada por el delito de"homicidio agravado en perjuicio de su hijo recién nacido", según informaron los tribunales salvadoreños.
La joven había sido ingresada a un hospital de Cojutepeque, en el norte de San Salvador, el 6 de abril de 2016. Evelyn Beatriz -quien desconocía estar embarazada- tuvo un parto en una letrina de su casa, donde perdió el conocimiento tras sufrir un fuerte sangrado, y el bebé murió.
Según organizaciones locales, Evelyn había sido violada meses antes pero, por miedo, no lo había denunciado. En el hospital adonde la llevó su madre, la joven fue denunciada y detenida por supuestamente abortar.
(…)
"Desde el punto de vista jurídico la jueza no tiene de dónde agarrarse" para sustentar la condena, comentó Romero, y relató que la misma jueza "dijo específicamente que no existe ninguna prueba directa, pero que estaba convencida" de que la joven era"responsable intencional de la muerte" del bebé.

Mercedes

Ya que prefiere el anonimato la llamaré Mercedes, pues es la ciudad en que vive, en Uruguay. Y su caso lo presentaré con base en la nota de este medio:


En enero, ella —que tiene un hijo de 5 años— supo que estaba embarazada de un joven al que ya no veía. Pensó durante días si quería seguir o no con el embarazo y decidió hacerse un aborto, una práctica permitida en Uruguay siempre y cuando sea antes de las 12 semanas de gestación. Pero ese joven con el que ya no salía presentó un amparo judicial, dijo que tenía los medios para hacerse cargo de su hijo y una jueza le prohibió a [Mercedes] abortar. Ésta iba a ser una semana clave: el próximo viernes, María cumplía las 12 semanas de gestación. Pero en la madrugada del jueves perdió el embarazo. La disputa legal se acabó, pero ahora ella está dispuesta a iniciar una nueva batalla.
(…)
—Cuando tomé la decisión y me sentí segura y decidida, hice todo lo que la ley exige. Me evaluó una psicóloga y asistentes sociales, me explicaron todo y, como marca la ley, me dieron cinco días para pensarlo. Pasó ese tiempo y ratifiqué mi decisión. Después, te ve un ginecólogo y te da la pastilla para hacértelo en tu casa. Tenía turno para el 23 de febrero y el 21 me llegó la notificación de la jueza que me decía que tenía prohibido hacerme un aborto en cualquier lugar del país. Ese mismo día empecé con contracciones y sangrado, me dolía hasta respirar. El médico me dijo que había una amenaza grande de tener un aborto natural. Fui a la emergencia todos los días y todos los días me dijeron "es el estrés que estás pasando".

La ley 18987 que autoriza el aborto en Uruguay es de 2012, es conocida como "Ley del Aborto", y  detalla que la interrupción voluntaria del embarazo no será penalizada cuando la mujer cumpla con los requisitos establecidos y se realice durante las primeras doce semanas de gravidez.  El artículo continúa:

Este lunes a la madrugada, cuando faltaban días para que se cumpliera el plazo para poder abortar legalmente, María tuvo un aborto espontáneo en el baño de su casa.

-¿Cómo te sentís después del aborto?
-Siento alivio de que fue de forma natural, pero sé que ahora está la sospecha de si fue o no fue así. Tuve que documentar todo, ponerme guantes y poner el feto en un frasco de urocultivo para que le hagan los estudios en anatomía patológica; si no, me metían presa. Seguro ahora este joven me va a demandar, pero en 20 días van a estar los resultados de la anatomía patológica. Pero vamos a ver, yo no sé si ese feto estaba vivo o no. ¿Y si yo me agarraba una bruta infección? ¿Quién se iba a hacer cargo por obligarme a tenerlo?
—¿Qué opinás de la jueza que te prohibió abortar?
—Me genera una indignación total, pero no me asombra. Se llama Pura Concepción y como es devota del Padre Pío, le puso Pío a su hijo. Me indigna porque su trabajo es hacer cumplir una ley que está vigente, que ya se debatió y que fue votada por los uruguayos. La Corte Suprema dice que el caso queda cerrado, pero no, yo ahora voy a ir con todo contra la jueza. [2]

La Corte Suprema dice que el caso queda cerrado pero no, yo ahora voy a ir con todo contra la jueza
—¿Por qué?
—Una decisión así te puede destrozar. Estas semanas fueron terribles, todo el mundo opinando sobre mi cuerpo. Una jueza me obligaba a tenerlo y encima a cargar con la culpa de que luego le dijeran a ese bebé: "Vos naciste porque una jueza lo ordenó, no porque tu madre te quisiera". En estas semanas, escuché comentarios de la gente del tipo "Bueno, si le gustó coger ahora que se haga cargo". Yo no pensé en hacer ninguna locura porque tengo este carácter y esta entereza. Pero yo trabajo en salud y vi a muchas mujeres abortar hasta con perchas; por eso se votó la ley, porque las mujeres se morían. Esta jueza le puso un abogado al feto, cuando en Uruguay está establecido que un ser humano es sujeto de derecho a partir del nacimiento, no de la vida intrauterina. Ella no puede volver atrás con una ley que fue debatida durante años. Por eso le voy a hacer juicio, no quiero que las chiquilinas vuelvan a hacerse esos abortos clandestinos y vuelvan a morirse desangradas, como se morían antes.[3]

Para aclarar un poco las ideas de Mercedes, sobre el sujeto de derecho, vale aclarar con un párrafo de otra nota del mismo medio:

"En los juicios de familia se suele nombrar un abogado de oficio en defensa del niño o de la niña, pero en este caso estamos hablando de un embrión, no estamos hablando de una persona y además ¿con quién consulta ese abogado?, ¿qué interpretación hace?", dijo Abracinskas. En ese sentido, la directora de MYSU aseveró que la legislación vigente recoge que "es persona después de 24 [horas] de nacido, ósea, postnacimiento" y que la juez apeló a ese convenio "como si estuviera hablando de un niño o una niña". "Además se le nombra abogado al feto pero la mujer tiene que hacer su propio patrocinio, es realmente muy absurdo", agregó.

¿El derecho de quién se defiende en este caso? Según se dijo arriba, el derecho del “padre”.  Al respecto hay que decir que las primeras legislaciones en el imperio romano sobre el aborto fueron, precisamente, un reclamo de los hombres a que se cuidara a sus hijos (y no a las hijas, claro) por ser potencialmente herederos y fuerza de trabajo, aliados y colaboradores en sus planes y deseos.

El artículo que seguimos, reproduce palabras de Mercedes sobre el posible padre:

—¿Qué relación tuviste con el joven que se negó a que abortaras?
—Después de que me separé del padre de mi hijo, quedé bastante arisca. Nunca más quise tener una relación seria. Venía de años muy difíciles porque mi hijo, que ahora tiene 5 años, nació con una malformación congénita y pasé operaciones de 16 horas, estuve ocho meses internada con él, durmiendo en los pasillos. Durante ese tiempo, no sabía si vivía o se moría, fue una tortura psicológica fatal. Muchos años después, cuando el nene empezó a estar mejor, volví de a poco a salir con mis amigas. El año pasado lo conocí a él, es un tipo muy "sexo, drogas y rock and roll", así que no era nada serio. Yo lo veía para distraerme, pero ni de casualidad era para estar en pareja. Es un tipo que gana 12.000 pesos uruguayos al mes (unos 422 dólares) y cuando lo conocí, la madre se pudrió, lo echó de la casa y se fue a vivir con cinco amigos. Es un tipo de 30 años, así, hippie y volátil. No paga el cable, no tiene servicios básicos, no tiene una cama y, como es profesor de Educación Física, comía en las escuelas en las que trabajaba. Se vendió como un padre responsable, pero jamás me dio ni 100 pesos para hacerme una ecografía. ¿Qué padre responsable, si cree que tiene otros hijos por ahí y jamás fue capaz de hacerse un ADN?

Antes de continuar con el relato de Mercedes, es oportuno advertir un riesgo en el cual se cae con frecuencia: acusar a la víctima.  Por tanto, prevengo a quien lee que no se haga acusaciones sobre Mercedes, como ¿por qué salía con un tipo así? Se arriesgó con él y ahora debe asumir lo que hizo, y tantas otras.

María tenía una lesión en el útero, por eso tomaba unas pastillas anticonceptivas muy fuertes. Eran las mismas que les dan a las mujeres con fibrosis y le empezaron a caer mal. En el transcurso de los seis meses en que mantuvieron una relación "libre", el ginecólogo le recomendó cambiarlas. En ese descalabro, cuenta, quedó embarazada.

—¿Qué pasó cuando le dijiste que estabas embarazada?
—En enero, cuando se lo conté, le dije que iba a pensar bien si lo quería tener o no. Él me dijo: "Es tu cuerpo, tomes la decisión que tomes, yo te voy apoyar". Yo no estaba segura porque tenía que pensar si podía mantener a otro hijo o no. La ley uruguaya establece que el padre le tiene que pasar 3.500 pesos al mes (unos 120 dólares) y unos pañales cuestan 600. Por eso tenía que pensar si me podía hacer cargo yo, porque después para que un padre aporte más plata, tenés que iniciar una guerra con abogados. Él era un tipo que cambiaba de planes todo el tiempo, que se iba a vivir a Montevideo, que no. Pero lo mío era distinto: yo sí tengo todo a mi nombre, mantengo a mi hijo y pensaba: "Mirá si es otro embarazo de riesgo". Cuando tomé la decisión, pensé: "Bueno, lo hago y tá". Encima él ya estaba saliendo con otra chica y decía que estaba re enamorado. Pero no.
—¿Y por qué creés que presentó el amparo para impedir que abortaras?
—Él tenía un padre que tenía mil hijos perdidos por ahí y, de repente, se le puso en la cabeza que no quería ser como su padre. Yo creo que él se obsesionó con la idea de arruinarme la vida, pero en verdad no quería ser padre. Y resulta que porque cambió de idea, yo tenía que estar obligada a tenerlo.

Decía antes que se trata de un caso de violencia extrema, de parte del estado, en contra de una mujer y por ser mujer (a ningún hombre se le puede obligar a gestar); y en resguardo de los valores patriarcales. Quisiera resumir por tanto las ideas que en este caso sostienen esa idea:
-          La orden de “no abortar” la emita una jueza (violencia del estado, legal pero cuestionable en su legitimidad).
-          Contra una mujer que ha tomado una decisión y tiene el derecho legal de realizarla.
-          Defendiendo el deseo (también cuestionable) de un hombre, sobre quien hay dudas de que pueda cumplir la responsabilidad que “desea” asumir.
Sólo falta una consideración: ¿Por qué es violencia extrema? Porque la maternidad es un rol o una relación que afectará drásticamente toda la vida de esta mujer (y del embrión), así como la del hijo que ya tiene Mercedes, obligándola a relacionarse con el padre del embrión.  Imponiendo, además, obligaciones que ella ya rechazó y que, por tanto, se podría dudar que incorpore y que le permitan desarrollarse plenamente, según sus deseos y planes.  Es decir, se estaría limitando (toda la vida) su autonomía.

Otros elementos sobre el caso:

http://www.infobae.com/america/america-latina/2017/03/02/la-mujer-a-la-que-la-justicia-uruguaya-obligo-a-mantener-su-embarazo-tuvo-un-aborto-espontaneo/

http://www.infobae.com/america/america-latina/2017/02/28/el-fallo-que-impidio-un-aborto-divide-a-uruguay-los-magistrados-lo-apoyan-y-15-asociaciones-lo-tildan-de-abuso-de-autoridad/





[1] Quiero decir con esta expresión “violencia injusta del estado” que hay casos en que la violencia del estado (en tanto definido como “monopolio de la violencia”) se aplica “justamente”, es decir, cuando se obliga a alguien a vivir en prisión, como consecuencia legal y justa de sus actos; mientras en estos casos la violencia se ejerce injustamente.
[2] Subrayado del autor.
[3] Subrayado del autor.