La premisa de discutir sobre la violencia extrema nos sitúa
en la búsqueda de contextos y experiencias límite que de cualquier manera ya
son por la misma definición únicas: extremas; además de rechazables, anormales:
evoca la idea de excepción y anormalidad
(no por violentas, sino por extremas).
Sin embargo, una primera cuestión discutible (un tema) es justamente si
no será que hay violencias extremas que se han legitimado y justificado en
nuestra sociedad (o en alguna otra) y por tanto no se evidencia como tal. No quisiera profundizar en ese tema, sino
inquietar y evidenciar la suma complejidad de los fenómenos de las violencias. El tema que voy a proponer tiene que ver con casos que yo
identifico como violencia extrema, que se encuentran legitimados en la
aplicación de la ley (son legales) pero que me provocan indignación (en ese
sentido reconozco que son extremos) y en ese sentido los considero una forma de
violencia ilegítima. Tienen además la
condición de haber ocurrido no sólo con anuencia de los estados, sino por parte
del mismo, constituyéndose así en violencia de estado. A la vez, ocurren contra mujeres en
situaciones de poder muy desiguales ante los hombres dentro del sistema social,
constituyéndose así en violencia patriarcal; pero les ocurren por el hecho de
ser mujeres, siendo por tanto violencia de género.
Siendo que este espacio no es en el cuál desarrollaré el
análisis, sino que será solamente la presentación de los casos, haré una breve
reseña de ellos dejando los links para que se puedan revisar las fuentes de
donde los tomé (medios de comunicación digital) y seguramente si así se desea
se pueda realizar búsquedas de más información.
Evelyn Hernández
Es una joven que a los 18 años sufrió una violación sexual a
consecuencia de la cual resultó embarazada, pero no “Dice que no denunció la violación por miedo ni se dio cuenta de que
estaba embarazada” hasta que el 6 de abril de 2016 sintió dolores
abdominales muy fuertes que le hicieron acudir al baño, donde “dio a luz” y
cayó desmayada. Su mamá la encontró y
solicitó ayuda a servicios médicos públicos que le atendieron por “hemorragia vaginal producto de un parto
extrahospitalario”.
Las autoridades iniciaron la
investigación, rescataron el cuerpo sin vida del bebé y en un primer momento
fue acusada de haber tenido un aborto provocado, pero luego se
cambió la tipificación del delito por homicidio agravado. (negrita original)
Evelyn estuvo detenida desde que ocurrieron los hechos y
ahora (el 8/jul/2017) que tiene 19 años fue condenada a 30 años de prisión
acusada de ese delito. Al publicar esta
noticia un medio informa:
La legislación salvadoreña
penaliza todas las formas de aborto, incluso el terapéutico, y de realizarlo,
tanto las mujeres como los médicos serían juzgados en los tribunales de
justicia. De ser culpables podrían ser enviados a la cárcel de dos a ocho años.
No obstante, en casos como en el de Evelyn, si el delito se cambia a homicidio agravado —aquel provocado en
razón de parentesco de la víctima y el victimario— estas mujeres pueden ser
condenadas entre 30 y 50 años de cárcel. (negrita del autor)
Informando sobre otro caso (el de María Teresa Rivera), otro
medio de comunicación señala que el caso de Evelyn no es el primero, ni el
único:
El castigo por abortar es de
hasta ocho años de cárcel, pero en muchos casos se cambia la acusación a la de
homicidio agravado, que tiene una pena mínima de 30 años de prisión.
Rivera era parte de un grupo de 15 mujeres condenadas por delitos ligados al
aborto en El Salvador.
Vale decir que María Teresa había sido condenada por un caso
similar al de Evelyn, su condena en el año 2012 fue de 40 años de prisión. Sin embargo en mayo de 2016 fue puesta en
libertad, pues el juzgado anuló la sentencia al considerar que “no existían pruebas de que Rivera hubiera
hecho algo para que el bebé muriera, y que la autopsia no esclareció si nació
vivo o muerto.”
Esa falta de pruebas, la celeridad para la condena y el
retardo para la revisión del caso (María Teresa fue condenada en 2012 por un
hecho de 2011, pero la sentencia que la liberó llegó hasta el 2016), nos
muestran una prisa por el castigo -porque eso no es justicia- y lentitud para
lo más parecido a la justicia (su liberación). Por tanto abre preguntas
importantes: ¿Hay una investigación sobre los tribunales que sentenciaron a
María Teresa? ¿Qué resarcimiento es posible para estas mujeres (si llega a
reconocerse su inocencia) luego de padecer la violencia injusta del estado[1]?
Hay otros elementos que debemos considerar y cuestionar,
dentro del funcionamiento del estado. Por ejemplo, que la legislación que
condena todas las formas de aborto en El Salvador, y data de 1998, obliga a
personal de salud a denunciar todos los casos en que haya sospecha de la
práctica de aborto. Seguramente este es
un dilema ético que se presenta en el personal de salud con alguna frecuencia y
ante la cual se pueden sentir en riesgo muchas mujeres. Pero, ¿Se encontrará en el mismo dilema ético
el personal de salud ante la obligación de denunciar toda sospecha de alguna
forma de violencia de género o (mal llamada) intrafamiliar? Quiero decir con
esto que en los casos del aborto se trata de un temor de acusar injustamente
(por sospecha) a una persona que puede ser inocente; mientras en otros casos se
trata del temor de recibir represalias por parte de un hombre violento (o de
personas cercanas a él). Tomemos en
cuenta que, según se entiende en las notas de prensa, los casos de “aborto” u
“homicidio agravado” avanzan muy rápido, pero –al menos en el contexto
guatemalteco –los de violencia de género son sumamente lentos.
Hay muchas preguntas más que surgen del caso de Evelyn, sin
embargo, deseo mostrar otro caso y el espacio es poco. Dejo aquí los links que usé para elaborar el
caso de Evelyn y algunas citas de otros:
Evelyn Beatriz Hernández
Cruz, de 19 años de edad, fue sentenciada por el delito de"homicidio
agravado en perjuicio de su hijo recién nacido", según informaron los
tribunales salvadoreños.
La joven había sido ingresada a un
hospital de Cojutepeque, en el norte de San Salvador, el 6 de abril de
2016. Evelyn Beatriz -quien desconocía estar embarazada- tuvo un
parto en una letrina de su casa, donde perdió el conocimiento tras sufrir un
fuerte sangrado, y el bebé murió.
Según organizaciones locales, Evelyn
había sido violada meses antes pero, por miedo, no lo había denunciado. En el
hospital adonde la llevó su madre, la joven fue denunciada y detenida por
supuestamente abortar.
(…)
"Desde el
punto de vista jurídico la jueza no tiene de dónde agarrarse" para sustentar la
condena, comentó Romero, y relató que la misma jueza "dijo específicamente que no
existe ninguna prueba directa, pero que estaba convencida" de que la joven era"responsable intencional de la muerte" del bebé.
Mercedes
Ya que prefiere el anonimato la llamaré Mercedes, pues es la
ciudad en que vive, en Uruguay. Y su caso lo presentaré con base en la nota de
este medio:
En enero, ella —que tiene un hijo
de 5 años— supo que estaba embarazada de un joven al que ya no veía. Pensó
durante días si quería seguir o no con el embarazo y decidió hacerse un
aborto, una práctica permitida en Uruguay siempre y cuando sea antes
de las 12 semanas de gestación. Pero ese joven con el que ya no salía
presentó un amparo judicial, dijo que tenía los medios para hacerse
cargo de su hijo y una jueza le prohibió a [Mercedes] abortar. Ésta
iba a ser una semana clave: el próximo viernes, María cumplía las 12 semanas de
gestación. Pero en la madrugada del jueves perdió el embarazo. La
disputa legal se acabó, pero ahora ella está dispuesta a iniciar una nueva
batalla.
(…)
—Cuando tomé la decisión y me
sentí segura y decidida, hice todo lo que la ley exige. Me evaluó una psicóloga
y asistentes sociales, me explicaron todo y, como marca la ley, me dieron cinco
días para pensarlo. Pasó ese tiempo y ratifiqué mi decisión. Después, te ve un
ginecólogo y te da la pastilla para hacértelo en tu casa. Tenía turno para el
23 de febrero y el 21 me llegó la notificación de la jueza que me decía que
tenía prohibido hacerme un aborto en cualquier lugar del país. Ese mismo día
empecé con contracciones y sangrado, me dolía hasta respirar. El médico me dijo
que había una amenaza grande de tener un aborto natural. Fui a la emergencia
todos los días y todos los días me dijeron "es el estrés que estás
pasando".
La ley 18987 que autoriza el aborto en Uruguay es de 2012,
es conocida como "Ley del Aborto",
y detalla que la interrupción voluntaria
del embarazo no será penalizada cuando
la mujer cumpla con los requisitos establecidos y se realice durante las primeras doce semanas de gravidez. El artículo continúa:
Este lunes a la madrugada,
cuando faltaban días para que se cumpliera el plazo para poder abortar
legalmente, María tuvo un aborto espontáneo en el baño de su casa.
-¿Cómo te sentís después del
aborto?
-Siento alivio de que fue de
forma natural, pero sé que ahora está la sospecha de si fue o no fue así. Tuve
que documentar todo, ponerme guantes y poner el feto en un frasco de urocultivo
para que le hagan los estudios en anatomía patológica; si no, me metían presa.
Seguro ahora este joven me va a demandar, pero en 20 días van a estar los
resultados de la anatomía patológica. Pero vamos a ver, yo no sé si ese feto
estaba vivo o no. ¿Y si yo me agarraba una bruta infección? ¿Quién se iba a
hacer cargo por obligarme a tenerlo?
—¿Qué opinás de la jueza que
te prohibió abortar?
—Me genera una indignación total,
pero no me asombra. Se llama Pura Concepción y como es devota del Padre Pío,
le puso Pío a su hijo. Me indigna porque su trabajo es hacer cumplir una
ley que está vigente, que ya se debatió y que fue votada por los uruguayos. La
Corte Suprema dice que el caso queda cerrado, pero no, yo ahora voy a ir con
todo contra la jueza. [2]
La Corte Suprema dice que el caso
queda cerrado pero no, yo ahora voy a ir con todo contra la jueza
—¿Por qué?
—Una decisión así te puede
destrozar. Estas semanas fueron terribles, todo el mundo opinando sobre mi
cuerpo. Una jueza me obligaba a tenerlo y encima a cargar con la culpa de
que luego le dijeran a ese bebé: "Vos naciste porque una jueza lo
ordenó, no porque tu madre te quisiera". En estas semanas, escuché
comentarios de la gente del tipo "Bueno, si le gustó coger ahora que se
haga cargo". Yo no pensé en hacer ninguna locura porque tengo este
carácter y esta entereza. Pero yo trabajo en salud y vi a muchas mujeres
abortar hasta con perchas; por eso se votó la ley, porque las mujeres se
morían. Esta jueza le puso un abogado al feto, cuando en Uruguay está
establecido que un ser humano es sujeto de derecho a partir del nacimiento, no
de la vida intrauterina. Ella no puede volver atrás con una ley que fue
debatida durante años. Por eso le voy a hacer juicio, no quiero que las
chiquilinas vuelvan a hacerse esos abortos clandestinos y vuelvan a morirse
desangradas, como se morían antes.[3]
Para aclarar un poco las ideas de Mercedes, sobre el sujeto
de derecho, vale aclarar con un párrafo de otra nota del mismo medio:
"En los juicios de familia
se suele nombrar un abogado de oficio en defensa del niño o de la niña, pero en
este caso estamos hablando de un embrión, no estamos hablando de una persona y
además ¿con quién consulta ese abogado?, ¿qué interpretación hace?", dijo
Abracinskas. En ese sentido, la directora de MYSU aseveró que la legislación
vigente recoge que "es persona después de 24 [horas] de nacido, ósea,
postnacimiento" y que la juez apeló a ese convenio "como si
estuviera hablando de un niño o una niña". "Además se le nombra
abogado al feto pero la mujer tiene que hacer su propio patrocinio, es
realmente muy absurdo", agregó.
¿El derecho de quién se defiende en este caso? Según se dijo
arriba, el derecho del “padre”. Al
respecto hay que decir que las primeras legislaciones en el imperio romano sobre
el aborto fueron, precisamente, un reclamo de los hombres a que se cuidara a
sus hijos (y no a las hijas, claro) por ser potencialmente herederos y fuerza
de trabajo, aliados y colaboradores en sus planes y deseos.
El artículo que seguimos, reproduce palabras de Mercedes
sobre el posible padre:
—¿Qué relación tuviste con el
joven que se negó a que abortaras?
—Después de que me separé del
padre de mi hijo, quedé bastante arisca. Nunca más quise tener una relación
seria. Venía de años muy difíciles porque mi hijo, que ahora tiene 5 años,
nació con una malformación congénita y pasé operaciones de 16 horas, estuve
ocho meses internada con él, durmiendo en los pasillos. Durante ese tiempo, no
sabía si vivía o se moría, fue una tortura psicológica fatal. Muchos años
después, cuando el nene empezó a estar mejor, volví de a poco a salir con mis
amigas. El año pasado lo conocí a él, es un tipo muy "sexo, drogas y rock
and roll", así que no era nada serio. Yo lo veía para distraerme, pero ni
de casualidad era para estar en pareja. Es un tipo que gana 12.000 pesos
uruguayos al mes (unos 422 dólares) y cuando lo conocí, la madre se pudrió, lo
echó de la casa y se fue a vivir con cinco amigos. Es un tipo de 30 años, así,
hippie y volátil. No paga el cable, no tiene servicios básicos, no tiene una
cama y, como es profesor de Educación Física, comía en las escuelas en las que
trabajaba. Se vendió como un padre responsable, pero jamás me dio ni 100 pesos
para hacerme una ecografía. ¿Qué padre responsable, si cree que tiene otros
hijos por ahí y jamás fue capaz de hacerse un ADN?
Antes de continuar con el relato de Mercedes, es oportuno
advertir un riesgo en el cual se cae con frecuencia: acusar a la víctima. Por tanto, prevengo a quien lee que no se
haga acusaciones sobre Mercedes, como ¿por qué salía con un tipo así? Se
arriesgó con él y ahora debe asumir lo que hizo, y tantas otras.
María tenía una lesión en el
útero, por eso tomaba unas pastillas anticonceptivas muy fuertes. Eran las
mismas que les dan a las mujeres con fibrosis y le empezaron a caer mal. En el
transcurso de los seis meses en que mantuvieron una relación "libre",
el ginecólogo le recomendó cambiarlas. En ese descalabro, cuenta, quedó
embarazada.
—¿Qué pasó cuando le dijiste
que estabas embarazada?
—En enero, cuando se lo conté, le
dije que iba a pensar bien si lo quería tener o no. Él me dijo: "Es tu
cuerpo, tomes la decisión que tomes, yo te voy apoyar". Yo no estaba
segura porque tenía que pensar si podía mantener a otro hijo o no. La ley
uruguaya establece que el padre le tiene que pasar 3.500 pesos al mes (unos 120
dólares) y unos pañales cuestan 600. Por eso tenía que pensar si me podía hacer
cargo yo, porque después para que un padre aporte más plata, tenés que iniciar
una guerra con abogados. Él era un tipo que cambiaba de planes todo el tiempo,
que se iba a vivir a Montevideo, que no. Pero lo mío era distinto: yo sí tengo
todo a mi nombre, mantengo a mi hijo y pensaba: "Mirá si es otro embarazo
de riesgo". Cuando tomé la decisión, pensé: "Bueno, lo hago y
tá". Encima él ya estaba saliendo con otra chica y decía que estaba re
enamorado. Pero no.
—¿Y por qué creés que presentó
el amparo para impedir que abortaras?
—Él tenía un padre que tenía mil
hijos perdidos por ahí y, de repente, se le puso en la cabeza que no quería ser
como su padre. Yo creo que él se obsesionó con la idea de arruinarme la vida,
pero en verdad no quería ser padre. Y resulta que porque cambió de idea, yo
tenía que estar obligada a tenerlo.
Decía antes que se trata de un caso de violencia extrema, de
parte del estado, en contra de una mujer y por ser mujer (a ningún hombre se le
puede obligar a gestar); y en resguardo de los valores patriarcales. Quisiera resumir
por tanto las ideas que en este caso sostienen esa idea:
-
La orden de “no abortar” la emita una jueza
(violencia del estado, legal pero cuestionable en su legitimidad).
-
Contra una mujer que ha tomado una decisión y
tiene el derecho legal de realizarla.
-
Defendiendo el deseo (también cuestionable) de
un hombre, sobre quien hay dudas de que pueda cumplir la responsabilidad que “desea”
asumir.
Sólo falta una consideración: ¿Por qué es violencia extrema?
Porque la maternidad es un rol o una relación que afectará drásticamente toda
la vida de esta mujer (y del embrión), así como la del hijo que ya tiene
Mercedes, obligándola a relacionarse con el padre del embrión. Imponiendo, además, obligaciones que ella ya
rechazó y que, por tanto, se podría dudar que incorpore y que le permitan
desarrollarse plenamente, según sus deseos y planes. Es decir, se estaría limitando (toda la vida)
su autonomía.
Otros elementos sobre el caso:
http://www.infobae.com/america/america-latina/2017/03/02/la-mujer-a-la-que-la-justicia-uruguaya-obligo-a-mantener-su-embarazo-tuvo-un-aborto-espontaneo/
http://www.infobae.com/america/america-latina/2017/02/28/el-fallo-que-impidio-un-aborto-divide-a-uruguay-los-magistrados-lo-apoyan-y-15-asociaciones-lo-tildan-de-abuso-de-autoridad/
[1]
Quiero decir con esta expresión “violencia injusta del estado” que hay casos en
que la violencia del estado (en tanto definido como “monopolio de la
violencia”) se aplica “justamente”, es decir, cuando se obliga a alguien a
vivir en prisión, como consecuencia legal y justa de sus actos; mientras en
estos casos la violencia se ejerce injustamente.
[2]
Subrayado del autor.
[3]
Subrayado del autor.
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